Con fecha 10 de mayo se ha publicado en el BON la nueva convocatoria de ayudas del SNE para el apoyo a la entrada de nuevos socios-trabajadores en Sociedades Laborales y Cooperativas de trabajo asociado que lleven al menos un año en funcionamiento a partir de la fecha de alta de la empresa en el Impuesto de Actividades Económicas (sucesión).

Las principales novedades de la nueva convocatoria y bases reguladoras son:

  • Se atenderán previamente las solicitudes que quedaron pendientes de resolver correspondientes a la convocatoria de 2018.
  • Incluyen socios trabajadores de duración determinada que adquieren la condición de socios trabajadores con carácter indefinido.
  • Cuando la adquisición de la participación en la empresa sea como resultado de una compra-venta entre particulares, la cantidad a tener en cuenta para determinar el importe de la subvención será:
    1. El importe del pago realizado por el nuevo socio si el mismo es igual o menor al valor nominal de participación que justifica la empresa.
    2. El importe del valor nominal de participación justificada por la empresa si el pago realizado es mayor.
  • En el supuesto de que la solicitud de subvención contemple varias aportaciones económicas, la referencia para el cumplimiento de los requisitos y la presentación de la solicitud la determinará la fecha de la última aportación realizada, observándose lo establecido en el punto 2 de la base 2.ª.
  • Se va a pedir el certificado de empadronamiento de la persona socia-trabajadora que se incorpora.
  • Las solicitudes se presentarán de manera telemática a través de la ficha correspondiente del portal del Gobierno de Navarra en internet www.navarra.es (la ficha de la convocatoria).

Es importante tener en cuenta cómo quedan los plazos de solicitud de la ayuda:

  • El plazo de presentación de las solicitudes se iniciará el mismo día en que se realice el pago de la aportación económica destinada a la integración como socio trabajador, y será de un mes contado desde dicho día, siempre que se hubiera publicado la autorización de gasto. En el caso de que no se hubiera producido la publicación oficial de la autorización, el plazo será de un mes contado desde el día siguiente a dicha publicación. En todo caso, el plazo para la presentación de las solicitudes finalizará el 31 de octubre.
  • Por tanto, aquellas personas físicas que  hayan realizado el pago de la aportación económica destinada a la integración como socio trabajador desde el 1 de noviembre de 2018 hasta el 10 de mayo de 2019, fecha de publicación de la autorización del gasto de 2019,  tendrán un plazo de solicitud de un mes desde el día siguiente a la fecha de publicación del gasto (10 de mayo de 2019).
  • Aquellas personas físicas que vayan a realizar el pago de la aportación económica destinada a la integración como socio trabajador a partir del 10 de mayo de 2019, fecha de publicación de la autorización del gasto de 2019, tendrán un plazo de solicitud de un mes contado desde el mismo día en que se realice dicho pago. En todo caso, el plazo para la presentación de las solicitudes finalizará el 31 de octubre.