Plazo
Abierto todo el año.
- Tres meses a partir del alta en la Seguridad Social, siempre que se hubiera publicado la autorización de gasto correspondiente. En caso contrario, tres meses desde el día siguiente al de la publicación oficial de dicha autorización.
Dirigido a
Cooperativas de trabajo asociado y sociedades laborales.
Más información
- Subvención de cuantía variable (a partir de 2.000 euros), en función de las circunstancias personales de quien se incorpora a la empresa.
- Las empresas beneficiarias asumirán la obligación de mantener, al menos durante dos años (a contar desde la fecha de la concesión de la ayuda), como socia trabajadora a la persona o personas por cuya incorporación se concede la ayuda o, caso de que cause baja, a sustituirla por otra persona y por el período que reste hasta completar los dos años.
- Esta ayuda es incompatible con otras ayudas o subvenciones que puedan concederse con igual finalidad.
- Estas ayudas están sometidas a minimis (ver Reglamento en el apartado «Normativa).
Documentación
- Solicitud de subvención.
- Solicitud de abono por transferencia.
¿Cómo tramitar?
Por internet
En las oficinas
Registro del Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare
Parque Tomás Caballero, Nº 1
Edificio «Fuerte del Príncipe» II
31005 Pamplona (Navarra)